Hay días en que las decisiones históricas parecen caer del cielo como si nevase. Este viernes, en Bruselas Theresa May y Michel Barnier anunciaron por la mañana el principio de acuerdo en las negociaciones para que el Reino Unido abandone la Unión Europea en 2019. En la misma sala de prensa, sólo un par de horas más tarde y con bastantes menos periodistas presentes, la Comisaria Europea de Competencia, Margrethe Vestager, dio a conocer la resolución de su departamento en contra de la Unión Internacional de Patinaje (ISU: International Skating Union) en el marco de una denuncia presentada por los patinadores neerlandeses Mark Tuitert and Niels Kerstholt.
En su decisión de este viernes la Comisión Europea anuló las normas de la ISU que prohíben a patinadores profesionales participar en competiciones no autorizadas por la propia federación internacional. Desde 1998 la FIP ha ido endureciendo las normas que rigen la participación en los campeonatos continentales y mundiales de patinaje de velocidad. Los patinadores se enfrentan a una posible sanción a perpetuidad por el resto de sus carreras profesionales si deciden participar en una competición que no es organizada o reconocida por la propia federación. Es decir, no se permite la organización de carreras, torneos o competiciones independientes o privados, como pudieran ser los mítines de atletismo, si previamente no pasan por el filtro (y la caja) de la federación internacional.
El caso en cuestión se refiere a una denuncia ante la Comisión Europea de los patinadores neerlandeses Mark Tuitert y Niels Kerstholt, que contaron con la ayuda de dos magníficos especialistas en derecho europeo como Ben Van Rompuy y Antoine Duval de la Universidad de Leiden y el Instituto de Derecho Europeo ASSER de La Haya, respectivamente, y el apoyo de los sindicatos europeos de deportistas profesionales.
En su denuncia Tuitert y Kerstholt argumentaron que la ISU hace un uso abusivo de su poder como federación internacional para organizar los campeonatos mundiales. Según los denunciantes, la federación está simplemente impidiendo que ellos puedan participar en competiciones privadas de patinaje de velocidad, lo que les causa un perjuicio económico e imposibilita que desarrollen su actividad profesional. Dado el prestigio de los mundiales de patinaje y su importancia para los Juegos Olímpicos, una posible sanción a perpetuidad de las competiciones internacionales constituye un abuso de posición dominante, lo cual es ilegal según el derecho europeo. Además, dichas normas impiden la organización de competiciones alternativas de patinaje a las propias de la FIP porque nunca serían capaces de atraer a los mejores patinadores para resultar atractivas al público. Si la ISU amenaza a los patinadores con la exclusión de los Mundiales y de los Juegos Olímpicos, nunca participarán en esas competiciones privadas que, por lo tanto, difícilmente serían rentables. En definitiva, se restringe la competición en el mercado y la libertad económica de los posibles organizadores y firmas comerciales.
En otras palabras, lo que los patinadores y sus asesores plantearon a la Comisión Europea es si es legal que una federación internacional utilice su poder como regulador del deporte para obtener un beneficio económico propio e impedir el libre comercio de otros. Es un caso parecido al del baloncesto, que quizás sea más familiar. ¿Sería legal que la Federación Internacional de Baloncesto (FIBA) prohibiese la participación en el Europeo o Mundial a los jugadores que forman parte de los equipos de Euroliga? ¿O sería legal que la UEFA prohibiese a los clubes de una hipotética Euroliga privada participar en su liga nacional? En todos estos casos las federaciones internacionales solo hacen uso de su poder con respecto a reglas deportivas (cómo elegir los participantes en una competición), pero tiene un claro componente comercial.
Aunque a nosotros nos parezca lejano e incluso algo exótico, en los Países Bajos el patinaje de velocidad tiene una gran tradición y mueve mucho dinero. En los últimos Juegos Olímpicos de Invierno los neerlandeses consiguieron un total de 24 medallas (8 oros, 7 platas y 9 bronces), todas ellas en patinaje de velocidad. Ganaron ocho de las doce pruebas de este deporte y alcanzaron el quinto puesto total del medallero en los Juegos de Sochi. No es un deporte minoritario para ellos y hay un alto número de patinadores profesionales que se ven perjudicados por los reglamentos de la ISU. En los Países Bajos hay también un gran número de carreras populares de patinaje que no pueden desarrollarse comercialmente porque las normas de la ISU hasta el momento lo impedían.
Con esta decisión, la Comisión Europea le da a la ISU noventa días para cambiar sus normas de manera que los criterios de selección para las competiciones internacionales se base en objetivos deportivos legítimos (lo que excluye el interés económico de la FIP). Además, las normas deben de ser proporcionadas y no discriminatorias. Según la Comisión, la normativa de la ISU en vigor desde 1998 restringe la competición económica porque perpetúa sus intereses económicos en detrimento de los derechos de los atletas y organizadores de competiciones rivales. En particular, dichas normas restringen “la libertad comercial de los patinadores profesionales para participar en competiciones independientes de patinaje”, explicó la Comisión en su nota de prensa.
Uno de los denunciantes, Mark Tuitert, agradeció en las redes sociales a la Comisión Europea su decisión: “¡Una noticia histórica! Una decisión sabia e importante en relación a los derechos de los atletas profesionales”. Su asesor legal, Ben van Rompuy, dijo sentirse sobre todo “orgulloso” de los dos patinadores que tuvieron el valor de enfrentarse al poder de la FIP a pesar de las posibles represalias.
Hace una semana, el presidente del Comité Olímpico Internacional, Thomas Bach, declaró que una decisión en contra de la ISU supondría “el final del modelo europeo de deporte” tal y como lo conocemos. Según Bach, la decisión de la Comisión Europea pone en riesgo el papel de las federaciones europeas e internacionales y abre el mercado deportivo a rivales comerciales que no se interesan por el deporte, sino por su propio beneficio económico. De nuevo aquí Bach se refrió, cómo no, al caso de la Euroliga de baloncesto.
El intento de Bach de influir en la decisión de la Comisión cayó, sin embargo, en oídos sordos. La ISU tiene por supuesto la posibilidad de apelar ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, pero debería empezar a pensar en cómo debe reestructurar su normativa si no quiere tener más problemas en el futuro. Otros deportes individuales, como el atletismo, han aprendido a convivir con los promotores privados de carreras y permiten a los atletas desarrollar una carrera profesional que no perjudica, sino que más bien beneficia, las competiciones oficiales como los Mundiales, Europeos o Juegos Olímpicos.
Las consecuencias de esta decisión de la Comisión están por ver. Una cosa es segura, no destruirá el deporte Europeo como denunció Bach en un tono apocalíptico muy típico de las federaciones deportivas cuando tratan de evitar que les lean la cartilla. Es, eso sí, un hito histórico en la aplicación del derecho de competencia europeo a la industria del deporte. Desde la sentencia del Caso Bosman no se había anulado ninguna regla de una federación deportiva internacional. El impacto económico será sin duda menor que el de Bosman, pero el debate sobre el papel y el poder de las federaciones internacionales en la gobernanza de su deporte queda abierto en un momento en el que su legitimidad está bajo mínimos.
Si extrapolamos la decisión más allá del patinaje, lo que la Comisión Europea ha dicho es que las federaciones internacionales no pueden restringir de manera desproporcionada la organización de competiciones privadas independientes y alternativas. También ha dicho que los intereses económicos de las federaciones internacionales no pueden dictar normas que restrinjan la actividad económica profesional de los deportistas. Esperando en el cajón de la Comisión está una denuncia cruzada de FIBA y la Euroliga que debate precisamente esto mismo. Ambos organismos se acusan mutuamente de impedir la competición económica y abusar de su posición en el mercado. En principio, y ahora más con este precedente, el conflicto legal debería resolverse en favor de la Euroliga y la FIBA lo sabe.
Igualmente, los constantes rumores que se han escuchado en los últimos años sobre un Mundial alternativo de Fórmula 1 podrían tener ahora vía libre desde este punto legal. El mismo argumento puede aplicarse a otros deportes como el esquí, el ciclismo o la natación, en los que promotores privados podrían estar interesados en organizar competiciones independientes fuera del calendario de las federaciones internacionales, que ahora han perdido el poder de sancionar a los deportistas que decidan participar fuera de su coto cerrado.
Pero el verdadero debate va a ser hasta qué punto las federaciones internacionales van a perder poder regulador dentro de su propia industria en beneficio de otros actores como los deportistas y los promotores privados. Si el caso Bosman supuso una reconfiguración, ahora la decisión en el caso de la ISU debería apuntalar alguna de esas tendencias. En especial, los deportistas profesionales salen reforzados porque se ven protegidos en su lucha ante los monopolios de las federaciones, que suelen marginarlos en la toma de decisiones. Lo lógico sería que las federaciones deportivas tomasen nota y empezasen a cambiar sus modos de actuar, aunque visto lo sucedido los últimos 20 años yo no apostaría por ello.
Muy bien explicado.
El problema es que ni Federaciones ni entidades privadas son ONG y que las primeras, aún con sus defectos, pretenden o dicen pretender mirar por todos los intereses del deporte, mientras que las entidades privadas sólo lo harán en el caso de lo que les resulte rentable -como es lógico-, lo que abre la puerta a la citada Euroliga o a una súperliga de fútbol europeo.
En ambas evidencias hay que encontrar un cierto equilibrio que, viendo ambas partes, no referidas a la FIP, no tienen visos de pasar.