En la madrugada del pasado 28 de julio, y en la notaría sevillana de José Luis Lledó González (Lledó y Seda), 24 personas físicas acordaron firmar el llamado ‘Pacto del Betis’ que hoy ofrece en su totalidad ‘ Alacontra.es’. Son 77 páginas del llamado ‘Protocolo 921’ de la notaría en cuestión, páginas suscritas por esas 24 personas -62 páginas de texto del acuerdo más otras 15 de firmas y sellos- que ya se han desvelado solo parcialmente en algunos medios y a los accionistas béticos. Sobre el papel, el Pacto resulta in-de-fen-di-ble si se dibujan los planos de solo un par de situaciones esenciales:
1) En sendos procedimientos (Concursal y penal) contra Manuel Ruiz de Lopera y Ávalo, primer firmante del Pacto de Lledó, el Real Betis Balompié S. A. D. (RBB en adelante) era parte personada en peticiones de multas que acumulaban 48 millones de euros para Lopera. En esos mismos procedimientos, el RBB fue parte personada en peticiones de multas que acumulaban 8,7 millones de euros para Luis Oliver Albesa, séptimo firmante particular del Pacto de Lledó, como representante de las sociedades Bitton Sport y Dinaqua.
Ahora, el Pacto firma A FAVOR DE LOPERA y su sociedad FARUSA (Familia Ruiz Avalo S. A.) un desembolso total de 8.850.000 euros, que ya empezó a producirse, y otro desembolso de siete millones de euros A FAVOR DE BITTON SPORT (Luis Oliver), que también ha empezado a producirse. Todos los pagos (15.850.000 euros por 23.053 acciones, a 687,45 cada acción) deberán estar completados el 31 de enero de 2018, por muchos retrasos que pudieran producirse. Al mismo tiempo, Luis Oliver Sierra, hijo de Luis Oliver Albesa, se sigue sentando en el Consejo de Administración del RBB en representación de la Sociedad Desarrollos Empresariales Elvas S. L, a quien Bitton Sport traspasó sus presuntos derechos, en otro pacto previo, en marzo pasado. Más: FARUSA adquiere 212 acciones por un total de 56.931,33 euros, a 268,54 por acción -menos de la mitad de lo que se valora cada título de los que RBB les adquiere a ellos.
Es decir, dos procesados -Lopera y Oliver- a quienes una serie de demandantes, con RBB a la cabeza, llegaron a reclamar sumas que rebasaban la cuenta total de 58 millones de euros entre ambos… firman un pacto que les hace BENEFICIARIOS de un total de 15.850.000 euros. Además, Lopera retiene 1.100.000 euros que Oliver le abonó como señal del contrato de compraventa, el 6 julio de 2010… contrato que no llegó a consumarse, porque jamás fue autorizado, como requería el propio contrato) por el Consejo Superior de Deportes (CSD): quien, según el propio RBB en mayo de 2016, «carece de competencias para dirimir estas controversias». Más allá de la señal, Oliver/Bitton no hizo efectivos más pagos a Lopera por ese contrato de 2010, pero ahora recibe siete millones de euros, después de ese pacto de marzo pasado. Solo cabe recordar que, por ‘Concurso Culpable’, la sentencia de este juicio mercantil del Concurso, en mayo de 2016 (juez Eduardo Gómez López), inhabilitó a Lopera para cargos directivos en RBB por ocho años; a Oliver por 15, y a Joaquín Zulategui Eraso (socio de Oliver en Bitton), por otros dos años, entre otros culpables.
Aquí, el juez Gómez López no penalizó a Lopera con multas, pero sí concretaba para Oliver y el expresidente José León Gómez una indemnización solidaria de 944.000 para RBB, a los que Oliver debería añadir la devolución de otros 71.000, más otros flecos. En su Junta de diciembre de 2016, RBB acreditaba la titularidad del 19,96% del paquete accionarial en favor de FARUSA. En marzo de 2017, previo pacto con Bitton, y sin resolución alguna oficial entre medias, RBB cambió la titularidad a Bitton de ese 19,96%… más el 31,38%, las 36.869 acciones del Mercantil, en las que se insistirá más adelante. Total, 51,34% para Bitton, ‘por decreto’ y con la insólita excusa de un apunte simbólico del CSD, que ya existía en mayo de 2016. Ahora, este pacto de julio, en Lledó rehace la situación, también ‘por decreto’ y reparte casi simétricamente la titularidad del 19,96% entre FARUSA y Bitton: y algo más.
y 2) En la página 15 del Pacto de Lledó cabe leer (Cláusula, 2ª, apartado 5º): «Restablecer a todos los efectos a la entidad FARUSA (Familia Ruiz de Lopera) en la titularidad de 49.743 acciones de la entidad RBB SAD, objeto de la escritura pública de 6 de julio de 2010». Esta última operación, jamás consumada ni autorizada por el CSD, incluía la venta de 59.925 acciones de FARUSA, el 51,34% del RBB. Entre estas acciones se incluían 36.869 (31,38% del paquete total)… cuya adquisición por parte de FARUSA fue denunciada en 2012 por 17 demandantes como ‘fraudulenta’ al Juzgado de lo Mercantil Número 1 de Sevilla, denuncia admitida a trámite en el Procedimiento 714/2012. De esos 17 demandantes, 12 se retiraron de la demanda en este Pacto de Lledó… pero cinco, relacionados con la Plataforma ‘Béticos por el Villamarín’ que lidera el expresidente Hugo Galera, decidieron seguir adelante y no firmar la (improcedente) llamada «satisfacción extraprocesal», a la que, obviamente, Lopera se allanaba. Pero el 15 de septiembre pasado, el juez Francisco Javier Carretero, del Mercantil 1, sentenció la nulidad de la suscripción por parte de FARUSA de las 36.869 acciones referidas que están incluidas entre las 49.743 de la Página 15 del acto. Si FARUSA no suscribió esas acciones… nunca pudieron ni deben estar operativas: algo que, de rebote, abre interrogantes sobre el proceso de conversión del RBB en Sociedad Anónima Deportiva, allá en 1992.
En el Juicio Penal (Juzgado de Instrucción 6 de Sevilla), como Lopera también ha reconocido ‘apropiación indebida’, por acuerdo extraprocesal con RBB, la entidad ya se retiró de la acusación, como hizo en su momento con Oliver. Así, la Fiscalía redujo la petición para Lopera a una multa de 3.600 euros pagaderos en seis meses, las cenizas de todos aquellos autos de la jueza Mercedes Alaya. Lopera, que se enfrentaba en lo Penal a peticiones de 13 años y medio de prisión y/o 25 millones de euros de multa, también sufrió de parte de Doña Mercedes la imposición de una fianza de 33,3 millones de euros. Esos tiempos del ‘monstruum horrendum’ han dejado paso a los actuales del Pacto.
En un durísimo y extenso comunicado facilitado el pasado viernes 10, ‘Béticos por el Villamarín’ dejaba caer las expresiones ‘fraude’, ‘graves infracciones legales’, ‘simulación’ y ‘burla de ley’ siempre en relación al citado Pacto, que debe discutirse y aprobarse en una Junta de Accionistas del próximo día 23. En su comunicado del viernes, redactado por un Abogado del Estado, ‘Béticos por el Villamarín’ requería notarialmente este Pacto de Lledó y el de marzo pasado con Bitton, ambos en la misma notaría sevillana. Claramente, los vencedores de este último Pacto de Lledó son el presidente Ángel Haro, su vicepresidente López Catalán, la Fundación Real Betis Balompié… y los otrora demonizados Lopera y Luis Oliver. Vale añadir que el precio de venta en el actual mercado de una S. A. D. de Primera en La Liga española como es el Real Betis Balompié puede ir de salida a un valor de 150 millones de euros. «Se llega mucho más lejos con una palabra amable y una pistola que solamente con una palabra amable», reflexiona el eminente filósofo Alphonse Capone al comienzo de ‘Los Intocables’.
Ahora, los lectores de la ‘Alacontra.es’ tienen a su disposición todos estos documentos para su descarga. A lo largo de las 62 páginas llama la atención la sensación de ‘discrecionalidad’ o impunidad, digamos, con que se ha elaborado este Pacto de Haro-Catalán, Lopera, Oliver y las plataformas denunciantes, excepto ‘Béticos por el Villamarín’. Eso, aunque precisamente Ángel Haro, actual presidente del Consejo de Administración del RBB, no firmó el Pacto de julio en Lledó al hallarse de viaje por el extranjero). Se leen expresiones (página 56, justo al final) como «la propia entidad Real Betis ha desarrollado las reglas conformes a las cuales ha de procederse necesariamente al referido reparto entre los abonados y accionistas del club…» ¿’Necesariamente’? ¿Y la Justicia, cabría alegar?
En la página 57, siempre dentro del primer apartado de la Cláusula Novena, aparece, referido a la compra de la primera ronda de acciones (a 100 euros) la siguiente expresión: «…con exclusión del derecho de preferencia que pudiera asistir a los accionistas en la medida de lo legalmente posible». Para que fuera «legalmente posible» tal disposición, tocaría saltar, en efecto, por encima de la Ley de Sociedades Anónimas Deportivas, escenario que parecen ventear los redactores del Pacto. RBB paga los gastos de notaría e impuestos del Pacto de Lledó.
El quinto apartado de la Cláusula Octava (Página 56) se refiere a la eventual cesión que «Real Betis podría hacer a la Fundación Real Betis Balompié (RBB) de los derechos y obligaciones derivados de esta compraventa», aunque… en caso de cesión, Real Betis no podrá eximirse de «la obligación del pago del precio». Los lectores de ‘Alacontra.es’ ya fueron informados de este punto hace dos semanas exactas y ahora solo cabe recordar que que la Fundación RBB (que mantiene cerrada su página web, ‘en modo de mantenimiento’) NO es una Fundación dentro de la estructura de la Sociedad Anónima Deportiva que es el Real Betis Balompié, como tampoco lo es la Fundación Heliópolis. En la lista de patronos de la Fundación RBB aparecían, al día de cierre de su página web, en septiembre pasado, el presidente bético Ángel Haro, su vicepresidente López Catalán y nombres como José Rodríguez de la Borbolla, expresidente de la Junta de Andalucía, el locutor Carlos Herrera, el actual consejero Ernesto Sanguino o el jurista Ignacio Pérez Royo, Director del Área de Hacienda del actual Ayuntamiento de Sevilla, cuyo alcalde es Juan Espadas, del PSOE/A. Según ese listado de septiembre, el gerente de la Fundación RBB es el periodista Manuel Rodríguez y su presidente, el exjugador Rafael Gordillo Vázquez. Si en la Junta del día 23, Haro, Catalán y la Fundación RBB sacan adelante este Pacto, algo no totalmente decidido, podrían enfrentarse a gravísimas cuestiones de despachos. Pero seguirían ganando partidas. Lo que pasa es que esta partida la juegan ahora junto a Lopera y Oliver.